B. Identificación de los aspectos legales para ser considerados sujeto de comercio habitual
Persona Física
1. Legislación que rige sus actividades en general
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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (art. 5, 25 y 28).
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Código de Comercio (cuando realiza actos de comercio).
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Código Civil Federal y legislación
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Ley Federal del Trabajo (cuando contrata empleados).
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Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (si aplica).
2. Normatividad fiscal
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Código Fiscal de la Federación (CFF).
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Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
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Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
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Arrendamiento, sueldos, etc.
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Ley del IVA (cuando corresponda).
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Ley del IEPS (si aplica).
3. Principales derechos y obligaciones
Derechos:
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Realizar actos de comercio y ejercer el comercio individualmente.
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Acceso a créditos y financiamiento como empresario individual.
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Derecho a la defensa legal en materia fiscal y mercantil.
Obligaciones:
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Inscribirse en el RFC.
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Expedir CFDI por las operaciones realizadas.
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Presentar declaraciones fiscales.
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Pagar impuestos correspondientes.
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En caso de tener empleados: cumplir con obligaciones laborales y de seguridad social.
La persona moral tiene un marco regulatorio más complejo, con obligaciones corporativas, fiscales y laborales, pero también mayores beneficios como acceso a financiamiento y posibilidad de crecer en sociedad.
La persona física tiene un régimen más sencillo, aplicable al emprendedor o comerciante individual, con obligaciones fiscales directas y personales.
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